Guías fiscales6 min de lectura1 de mayo de 2026

¿Qué es el régimen RESICO y quién puede inscribirse en 2026?

Todo lo que necesitas saber sobre el Régimen Simplificado de Confianza: quién califica, cuánto paga de ISR, ventajas frente a otros regímenes y cómo registrarte ante el SAT.

Si eres freelancer, diseñador, desarrollador, fotógrafo o tienes un pequeño negocio en México, probablemente ya escuchaste hablar del RESICO. Pero, ¿qué es exactamente y por qué tantos contribuyentes lo prefieren?

¿Qué significa RESICO?

RESICO son las siglas del Régimen Simplificado de Confianza, creado por el SAT a partir del 1 de enero de 2022 mediante el Artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Fue diseñado para facilitar el cumplimiento fiscal de personas físicas con actividades empresariales, servicios profesionales y uso o goce de bienes.

En términos simples: pagas una tasa fija y baja de ISR sobre lo que efectivamente cobras, sin necesidad de llevar una contabilidad compleja ni contratar un contador.

¿Quién puede inscribirse en RESICO?

Pueden tributar en RESICO las personas físicas que cumplan con estos requisitos:

  • Tener ingresos anuales de hasta $3.5 millones de pesos MXN.
  • Realizar actividades empresariales, servicios profesionales (honorarios) o arrendamiento.
  • No ser socio, accionista o integrante de una persona moral (con algunas excepciones).
  • No tener ingresos por sueldos y salarios que superen el 50% de sus ingresos totales.

Si superas el tope de $3.5 millones en cualquier momento del año, saldrás automáticamente del régimen.

¿Cuánto se paga de ISR en RESICO?

Las tasas son progresivas según tus ingresos mensuales cobrados:

Ingresos mensualesTasa ISR
Hasta $25,0001.0%
$25,001 – $50,0001.1%
$50,001 – $83,3331.5%
$83,334 – $166,6662.0%
$166,667 – $291,6662.5%

Comparado con el régimen general de personas físicas, donde puedes pagar hasta el 35% de ISR, RESICO representa un ahorro fiscal significativo para la mayoría de freelancers y pequeños emprendedores.

¿Qué pasa con el IVA en RESICO?

En RESICO sigues siendo sujeto de IVA. Debes:

  • Cobrar el 16% de IVA en tus facturas a clientes que lo soliciten.
  • Declarar y pagar el IVA mensualmente (diferencia entre IVA cobrado e IVA pagado en gastos).

El IVA no es un costo tuyo — es dinero que cobras a tus clientes y lo entregas al SAT. Karpeta te ayuda a calcular exactamente cuánto debes declarar cada mes.

Ventajas del RESICO frente a otros regímenes

  • Tasas muy bajas: Entre 1% y 2.5% vs. hasta 35% en régimen general.
  • Sin declaración anual obligatoria (si cumples correctamente con las mensuales).
  • Sin obligación de llevar contabilidad electrónica detallada.
  • Proceso de registro simplificado desde el portal del SAT.

¿Cómo me inscribo en RESICO?

  1. Entra al portal del SAT (sat.gob.mx) con tu RFC y contraseña o e.firma.
  2. Ve a Servicios por Internet → Situación fiscal → Actualización de actividades económicas y obligaciones.
  3. Agrega la actividad correspondiente (actividad empresarial o servicios profesionales) y selecciona RESICO como régimen.
  4. Guarda y descarga tu constancia de situación fiscal actualizada.

Si aún no tienes RFC, Karpeta te guía en el proceso de registro desde cero.

¿Cuándo debo declarar?

La declaración mensual de ISR en RESICO se presenta a más tardar el día 17 del mes siguiente al período declarado. Por ejemplo, la declaración de enero debe presentarse antes del 17 de febrero.

Con Karpeta recibirás recordatorios automáticos antes de cada fecha límite para que nunca pagues recargos por olvido.

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